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Cuadro eléctrico de vivienda y medidor de consumo de potencia
Instalaciones eléctricas

Ampliar la potencia eléctrica: cuándo hace falta, cuánto cuesta y qué papeles te pedirán

¿Saltan los plomos o vas a instalar aire, inducción o coche eléctrico? Cuándo ampliar potencia, cuánto cuesta y cuándo te pedirán boletín. Explicado claro.

Guillermo García Flores Guillermo García Flores Ingeniero Industrial Superior · Col. 21.108 · Actualizado el 15 de agosto de 2026 9 min de lectura

Saltan los plomos cuando coinciden el horno y la lavadora. O has decidido meter aire acondicionado, placa de inducción, coche eléctrico o aerotermia y alguien te ha dicho que «con lo que tienes contratado no va a poder ser». El diagnóstico parece evidente y la solución también: llamar y pedir más potencia.

Hasta que la distribuidora contesta con la frase que descoloca a todo el mundo: «necesitamos el boletín».

Aquí va el mapa completo, con los precios regulados y la cuenta hecha: cuándo hace falta ampliar de verdad, cuánto cuesta hasta el último euro, y en qué casos aparece el papeleo técnico.

Lo más importante del artículo

  • La potencia que puedes contratar no la decide la comercializadora: la decide tu instalación. El CIE fija la máxima admisible y ese número manda.
  • Los derechos son precios regulados: 17,37 €/kW de extensión + 19,70 €/kW de acceso + 9,04 € de enganche, sin IVA. Iguales en toda España.
  • Si la nueva potencia cabe en tu boletín → trámite administrativo de días, y solo pagas derechos.
  • Si no cabe (o el boletín es viejo) → boletín nuevo desde 110 € y, según el caso, adaptar cuadro o derivación.
  • Los derechos ya pagados se conservan… salvo que el suministro lleve más de tres años de baja.
  • Ampliar dos veces cuesta el doble en derechos y en papeleo: dimensiona una vez, bien.

Esto te sirve si…

Tienes una vivienda, local o nave donde falta potencia o vas a electrificar algo (inducción, aerotermia, punto de recarga, climatización) y quieres saber qué te van a pedir y cuánto vas a pagar antes de mover ficha.

Esto no te sirve si…

Lo que buscas es bajar la factura sin tocar la potencia (ahí manda la tarifa y los hábitos de consumo, no el trámite) o tienes un suministro de alta tensión, donde la solicitud sigue un camino distinto y siempre con proyecto.

¿Te falta potencia o tienes otra cosa?

Antes de tramitar nada, un diagnóstico de treinta segundos. No todo lo que hace saltar la luz es falta de potencia, y ampliar cuando el problema es otro significa pagar derechos para nada:

SíntomaQué suele ser
Salta el ICP o el general al coincidir dos o tres aparatos grandesPotencia contratada corta → ampliar
Salta el diferencial, a veces sin nada encendidoFuga a tierra o humedad → avería, no potencia
Salta un magnetotérmico concreto siempreEse circuito está sobrecargado o defectuoso
Vas a instalar inducción, aire, aerotermia o coche eléctricoCalcula antes: cada uno suma lo suyo
La factura fija te parece alta y nunca salta nadaPuede sobrarte potencia (mira la última FAQ)

La distinción entre el general y el diferencial es la más útil de todas: el diferencial protege personas, el magnetotérmico protege cables. Si lo que dispara es el diferencial, ampliar potencia no arregla absolutamente nada — hay una fuga que localizar.

Cuánto suma cada cosa que vas a enchufar

La razón por la que las ampliaciones se han disparado estos años es simple: estamos electrificando casas construidas para una lavadora y un televisor. Estas son las cifras de referencia para dimensionar:

EquipoPotencia aproximada
Placa de inducción (uso normal, con gestor)3,5-7,4 kW
Horno eléctrico2,5-3 kW
Aire acondicionado (split doméstico)1-2,5 kW
Bomba de calor / aerotermia vivienda2-6 kW
Punto de recarga de vehículo eléctrico3,7-7,4 kW en doméstico
Termo eléctrico1,5-2,5 kW

Referencias de contratación habituales: una vivienda estándar se maneja con 3,45-4,6 kW; con inducción y aire, 5,75 kW; con coche eléctrico o aerotermia se va a 7,36-9,2 kW. En el caso del vehículo eléctrico conviene calcularlo con cabeza, porque un sistema de gestión de carga puede ahorrarte el salto de potencia entero: el cargador baja su intensidad cuando la casa está consumiendo, y ya no hace falta contratar para el peor escenario simultáneo.

El dato que manda: la potencia máxima admisible

Aquí es donde casi todo el mundo se equivoca de orden. La potencia no se pide y luego se ve: primero se comprueba qué admite la instalación.

Dónde está escrito

En tu Certificado de Instalación Eléctrica (CIE), el documento que en la calle todos llamamos «boletín». Ese papel fija la potencia máxima admisible del punto de suministro, y la distribuidora no va a autorizar ni un vatio por encima de esa cifra.

Si no lo encuentras

Es lo más frecuente, sobre todo en pisos comprados de segunda mano. Tres vías, por orden de rapidez: pedírselo a la distribuidora (suele tenerlo registrado), buscarlo en la documentación de la comunidad si la instalación se renovó en bloque, o revisar la instalación para emitir uno nuevo.

Si tiene más de veinte años

Prepárate para el boletín nuevo. No es capricho de la compañía: una instalación de los años setenta u ochenta se proyectó para un escenario de consumo que ya no existe, y la sección de la derivación individual manda tanto como la voluntad del propietario.

Cuánto cuesta: los tres derechos, con la cuenta hecha

Los llamados «derechos de acometida» están regulados por el RD 1955/2000: son idénticos con cualquier comercializadora, y cualquiera que te ofrezca «hacerlo más barato» está hablando de otra cosa. Son tres conceptos:

Derechos de extensión — 17,37 €/kW

Cubren el refuerzo de la infraestructura de la red necesario para atender tu nueva potencia. Se pagan por los kW que subes, no por el total contratado.

Derechos de acceso — 19,70 €/kW

Es lo que se abona por conectarse a la red de transporte y distribución. También sobre el incremento.

Derechos de enganche — 9,04 €

Importe fijo por la actuación material de conexión del punto de suministro. Se paga una vez, suba lo que suba.

Todos ellos sin IVA. Con eso, la cuenta de una ampliación doméstica típica deja de ser un misterio:

AmpliaciónExtensiónAccesoEngancheTotal con IVA
3,45 → 5,75 kW (+2,3 kW)39,95 €45,31 €9,04 €≈ 114 €
5,75 → 9,2 kW (+3,45 kW)59,93 €67,97 €9,04 €≈ 166 €
4,6 → 7,36 kW (+2,76 kW)47,94 €54,37 €9,04 €≈ 134 €

Estos importes aparecen en tu factura, normalmente en la primera o segunda después del cambio. Si tu instalación admite la potencia nueva, esto es todo lo que vas a pagar.

⚠️ Consejo del profesional

No pidas la ampliación «a ver si cuela». Si solicitas más potencia de la que admite tu CIE, la distribuidora lo rechaza, y habrás perdido semanas para acabar donde tenías que haber empezado: comprobando qué admite tu instalación. Es una consulta de minutos. Y hazla antes de comprar la inducción o el cargador, no después de tenerlos en el salón esperando: el orden correcto es saber, decidir y comprar — en ese orden.

El detalle de los tres años que arruina presupuestos

Los derechos de extensión que pagaste en su día no caducan mientras el suministro siga activo: te reconocen una potencia en ese punto, y cuando amplías solo abonas la diferencia.

Pero hay una excepción que aparece justo en el peor momento: si el suministro ha estado dado de baja más de tres años, esos derechos decaen. Se vuelven a pagar íntegros, no solo el incremento.

Es la sorpresa clásica de quien reabre un local que llevaba años cerrado: creía que iba a pagar por subir de 5,75 a 9,2 kW y acaba pagando por los 9,2 kW completos. Si estás valorando alquilar o comprar un local vacío, pregunta cuánto lleva sin suministro antes de firmar — es un dato que cambia el presupuesto de apertura y no aparece en ningún anuncio.

Cuándo te van a pedir boletín nuevo

Tres situaciones, y conviene reconocerlas antes de que te las digan:

  1. La potencia solicitada supera la máxima admisible de tu CIE. Es el caso más común y no admite negociación.
  2. El boletín tiene más de veinte años y la distribuidora lo reclama para actualizar el estado de la instalación.
  3. La ampliación obliga a tocar la instalación: cambiar la derivación individual, el cuadro o las protecciones. Toda modificación relevante se documenta.

El boletín lo emite un instalador eléctrico autorizado tras revisar y, si hace falta, adecuar la instalación — desde 110 € en ampliaciones cuando la instalación está en condiciones. Nosotros coordinamos el conjunto para que el diagnóstico, la adecuación y el trámite vayan seguidos y no acabes con tres interlocutores echándose la culpa.

Trifásica, locales y naves: cuándo entra el proyecto

En el ámbito doméstico rara vez se pasa de un boletín. Pero hay umbrales a partir de los cuales el REBT exige proyecto firmado por técnico titulado en lugar de simple certificado: locales de pública concurrencia, industrias, potencias elevadas y suministros trifásicos con determinadas características.

Si tu caso es una nave, un local con aforo o una instalación industrial, el proyecto eléctrico deja de ser una opción y pasa a ser el camino. Te confirmamos por escrito en qué escenario estás antes de que gastes un euro, porque la diferencia de coste entre uno y otro es considerable y merece saberse desde el minuto uno.

¿Y si lo que quiero es lo contrario, bajar potencia?

Es una jugada legítima y a veces muy rentable: cada kW contratado ronda los 30-45 €/año solo en término fijo, así que bajar dos kW en una casa donde nunca salta nada son unos 60-90 € anuales que no vuelves a pagar.

Con dos avisos. El primero: bajar potencia no requiere boletín, así que es un trámite sencillo y sin derechos. El segundo, más importante: la vuelta atrás no es igual de barata. Si dentro de tres años decides poner inducción o un cargador y necesitas subir por encima de lo que admite tu CIE, vas a pagar boletín nuevo y derechos. Antes de bajar, mira qué tienes previsto hacer en casa a medio plazo.

Dimensiona una vez, no tres

Si algo se repite en las instalaciones que revisamos es la ampliación a plazos. Primero el aire, y se sube un poco. Al año siguiente la inducción, y se vuelve a subir. Dos años después el coche eléctrico, y ya toca boletín nuevo, cuadro nuevo y otra ronda de derechos.

Tres trámites, tres facturas de derechos, dos boletines y tres esperas — para llegar al mismo sitio al que se podía haber llegado de una vez.

Si tienes en la cabeza electrificar tu casa o tu local, haz el ejercicio completo ahora: qué vas a tener enchufado dentro de cinco años, qué simultaneidad real habrá, y qué potencia pide ese escenario. Después dimensiona la instalación para eso. Ampliar bien una vez cuesta una tarde de trabajo y unos derechos; ampliar a trocitos cuesta el triple y se paga en tiempo, que es lo que nadie contabiliza.

Dinos qué quieres instalar y dónde, y te confirmamos gratis si tu instalación lo admite. Si no lo admite, te damos el precio cerrado de lo que hace falta para que lo admita — antes de que compres nada.

Fuentes

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta ampliar la potencia contratada?
Los derechos son precios regulados, iguales en toda España: 17,37 €/kW de extensión, 19,70 €/kW de acceso y 9,04 € fijos de enganche (importes sin IVA). Pasar de 3,45 a 5,75 kW en una vivienda sale por unos 114 € con IVA. A eso se suma, solo si tu instalación no admite la nueva potencia, el boletín eléctrico (desde 110 €) y las adaptaciones necesarias.
¿Cómo sé cuánta potencia admite mi instalación?
Lo dice tu boletín (CIE): fija la potencia máxima admisible del punto de suministro. Si no lo encuentras, la distribuidora suele tenerlo registrado, o lo comprobamos revisando la instalación. Regla práctica: si tiene más de 20 años y nunca se ha renovado, casi seguro que se queda corto para los consumos de hoy.
¿Cuándo me pedirán un boletín nuevo para ampliar?
Cuando la potencia solicitada supera la máxima admisible de tu CIE actual, cuando el boletín tiene más de 20 años y la distribuidora lo reclama, o cuando la ampliación obliga a adaptar la instalación (derivación individual, cuadro o protecciones). Te lo confirmamos por escrito antes de tramitar nada.
Ya pagué derechos hace años. ¿Los pago otra vez?
Los derechos de extensión que ya abonaste te dan una potencia reconocida en ese punto. Solo pagas por el incremento sobre lo que ya tenías reconocido, no por el total. Ahora bien, si el suministro estuvo dado de baja más de tres años, esos derechos decaen y se vuelven a pagar completos. Es la sorpresa clásica al reactivar un local cerrado.
¿Cuánto tarda una ampliación de potencia?
Si tu CIE admite la nueva potencia, es un cambio contractual: días. Si hace falta boletín nuevo, suma 3-7 días para emitirlo. Y si además hay que adaptar la instalación (cuadro, derivación), depende del alcance — te damos plazo cerrado junto con el presupuesto.
¿Merece la pena bajar la potencia para ahorrar?
Cada kW contratado ronda los 30-45 €/año en el término fijo, así que bajar ahorra de verdad. Pero cuidado con el viaje de vuelta: si luego necesitas subir por encima de lo que admite tu boletín, tocará CIE nuevo y derechos otra vez. Antes de bajar «para ahorrar», comprueba qué margen te deja tu instalación.

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