Saltar al contenido

Certificado energético

Lo calculamos, redactamos y registramos nosotros. Sin intermediarios, con precio cerrado y firmado por un ingeniero colegiado.

4,9/5

En más de 120+ reseñas

Más de 1.247

Certificados presentados

Más del 98%

Aprobados a la primera

Gratis y sin compromiso

Solicita tu certificado
en 3 simples pasos

Todo el proceso es transparente y con fechas planificadas. Sabes quién firma, cuánto cuesta y cuándo lo tienes desde el minuto cero.

01.

Cuéntanos tu proyecto

A través de WhatsApp, llamada o formulario breve.

02.

Propuesta en 24h

Precio cerrado y plazo de entrega firmado por escrito.

03.

Entrega 3–5 días

Entrega firmada, registrada y lista para presentar.

Todo lo que necesitas saber del certificado energético

Quién lo tramita
Ing. colegiado
Entrega
2-5 días
Precio
Desde 80 € Ver precios →
Escrito por
Guillermo
Última revisión
Abril 2026

¿Cómo se obtiene el certificado energético?

El proceso tiene cuatro pasos: toma de datos en visita técnica, cálculo con software oficial (CE3X), redacción y firma por técnico colegiado, y registro telemático en el organismo competente de tu Comunidad Autónoma. En CTE Proyectos hacemos los cuatro. No tienes que tratar con la administración: te entregamos el certificado registrado y la etiqueta energética en PDF, listos para anuncio, contrato o tasación.

La visita técnica obligatoria

Es obligatoria por ley. Ningún certificado emitido sin visita presencial es válido. Si te ofrecen un certificado «online» o «rápido sin visita», es ilegal y la Consejería puede anularlo. Durante la visita se mide:

  • Envolvente térmica (paredes, ventanas, suelos, techo).
  • Instalaciones de calefacción, aire acondicionado y agua caliente.
  • Iluminación (en uso terciario).
  • Datos catastrales y orientación.

Software oficial admitido

Solo se aceptan certificados emitidos con programas reconocidos por el MITECO:

  • CE3X: el más extendido, válido para residencial y terciario.
  • HULC (Herramienta Unificada LIDER-CALENER): obligatorio para obra nueva y casos específicos.
  • CYPETHERM HE Plus: alternativa válida para proyectos complejos.

Cualquier otra herramienta produce certificados que el organismo autonómico rechaza automáticamente.

Documentación que necesitamos

  • Referencia catastral (en el recibo del IBI o en sedecatastro.gob.es).
  • Datos del propietario: nombre, DNI y dirección.
  • Acceso a la vivienda para la visita técnica.
  • Si tienes facturas de luz/gas o documentación de reformas energéticas, mejor: aumenta la precisión del cálculo y puede subir tu calificación.

Normativa vigente del certificado energético en 2026

La norma que regula el certificado energético en España es el Real Decreto 390/2021, en vigor desde junio de 2021. En 2025 y 2026 entran cambios importantes que afectan a propietarios, vendedores y promotores.

Real Decreto 390/2021

Es la norma de referencia actual. Sustituye al antiguo RD 235/2013 e introduce:

  • Visita técnica obligatoria para todo certificado.
  • Nuevos modelos de certificado y etiqueta.
  • Procedimiento de registro telemático.
  • Definición de técnico competente: arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros e ingenieros técnicos.

Orden ECM/599/2025: ahora también para hipoteca

Desde el 12 de agosto de 2025 está vigente la Orden ECM/599/2025, que modifica la regulación de tasaciones inmobiliarias. Sin certificado energético registrado no se puede emitir tasación con efectos hipotecarios.

Quién puede firmar el certificado energético

Solo técnicos competentes con titulación habilitante según el RD 390/2021: arquitectos, arquitectos técnicos / aparejadores, ingenieros e ingenieros técnicos. A partir del 23 de julio de 2026, el RD 659/2025 amplía la habilitación a titulados de FP que superen los módulos formativos oficiales. En CTE Proyectos firma siempre un ingeniero colegiado, con responsabilidad civil cubierta por seguro profesional.

¿Qué es el certificado energético?

El certificado de eficiencia energética (CEE) es el documento técnico oficial que estima el consumo de energía y las emisiones de CO₂ de tu vivienda, asignándole una letra de la A (más eficiente) a la G (menos eficiente). Es obligatorio desde el 1 de junio de 2013 para vender o alquilar cualquier inmueble. Desde agosto de 2025 también es obligatorio para tasaciones hipotecarias.

Qué información incluye

  • Calificación global (letra A-G) en consumo de energía primaria no renovable.
  • Calificación de emisiones de CO₂ (letra A-G).
  • Datos del inmueble: dirección, referencia catastral, año de construcción, superficie útil, zona climática.
  • Anexos técnicos: envolvente, demanda energética, recomendaciones de mejora.
  • Etiqueta energética: resumen visual con letra y código de colores.

Para qué sirve

  1. Cumplir la ley y poder vender, alquilar, tasar o hipotecar tu vivienda.
  2. Conocer el consumo real estimado y la huella de CO₂ de la vivienda.
  3. Acceder a ayudas y subvenciones: Plan Estatal de Vivienda, Next Generation, deducciones IRPF del 20-40-60% y Certificados de Ahorro Energético (CAEs).

Diferencia entre vivienda existente y obra nueva

AspectoVivienda existenteObra nueva
Cuándo se emiteUna sola vez sobre la vivienda construidaDos certificados: proyecto + obra terminada
Mínimo exigibleCualquier letra A-GLetra A (EECN) por CTE DB-HE
Necesario paraVender, alquilar, tasar, hipotecarLicencia de obra y primera ocupación
Vigencia10 años (5 si es G)10 años

Si tu caso es una promoción de obra nueva, te interesa la landing específica de certificado energético para obra nueva.

¿Cuándo es obligatorio el certificado energético?

Lo necesitas en cuatro situaciones:

  1. Antes de vender: la etiqueta debe figurar en todos los anuncios y portales inmobiliarios.
  2. Antes de firmar un alquiler de duración superior a 4 meses al año.
  3. Antes de tasar para hipoteca o refinanciación (Orden ECM/599/2025).
  4. Para solicitar subvenciones de rehabilitación o deducciones IRPF (necesitas un certificado anterior y otro posterior a la obra).

Cuándo NO necesitas certificado energético

El RD 390/2021 establece exenciones para construcciones provisionales (< 2 años), edificios industriales o agrícolas no residenciales de baja demanda, edificios aislados de menos de 50 m², edificios protegidos por su valor histórico, lugares de culto y edificios destinados a demolición.

Vigencia del certificado

El certificado tiene una vigencia máxima de 10 años, salvo cuando la calificación es G, en cuyo caso es de 5 años. Cuando caduca, hay que renovarlo si quieres seguir vendiendo, alquilando o tasando.

Plazos típicos de tramitación

En CTE Proyectos: 2-5 días desde la visita hasta la entrega del certificado registrado. En urgencias, 24-48 horas con sobrecoste. El registro autonómico varía: inmediato en la mayoría de CCAA; 2-5 días en Madrid, Cataluña y Navarra; hasta 3 meses en Castilla y León, Castilla-La Mancha y País Vasco.

Glosario técnico

CEE
Certificado de eficiencia energética.
CE3X
Software oficial de cálculo más extendido.
Etiqueta energética
Resumen visual A–G del certificado.
Envolvente térmica
Suma de fachadas, ventanas, cubierta y suelo.
RD 390/2021
Norma vigente que regula el CEE.
Letra A–G
Escala oficial de calificación energética.

¿Dudas si tu obra lo necesita?

Verifica si tu obra necesita CE.

Respuesta inmediata · 100% gratis · En menos de 5 minutos

Escríbenos al WhatsApp

Reseñas verificadas

Opiniones de nuestros clientes

4,9
En base a 128 reseñas Google · Trustpilot

Te lo explican todo con paciencia, muy resolutivos.

«Abríamos local en septiembre y a tres semanas de la apertura seguíamos sin licencia de actividad porque el técnico anterior nos dejó tirados. Llamé a CTE un viernes por la tarde sin demasiada esperanza y el lunes ya tenían a alguien aquí midiendo. Entregaron el proyecto y la documentación a tiempo y abrimos sin retrasar la inauguración. No suelo escribir reseñas, pero esta gente nos salvó.»
Marta L.

Trato cercano y el precio que me dijeron por teléfono. Ni un euro más.

«Estaba vendiendo el piso de mi madre y la inmobiliaria me apretaba con el certificado energético. Vinieron al día siguiente de llamar, midieron todo, me explicaron lo de la letra (salimos D) sin hacerme sentir torpe, y dos días después tenía el papel registrado en la Junta. Trato cercano de los de antes y el precio fue el que me dijeron por teléfono, ni un euro más.»
Javier Hernández

Cuatro meses y la nave legalizada. Profesionales de los que quedan pocos.

«Compramos una nave en el polígono que llevaba años fuera de papeles. En otros sitios me hablaban de procesos eternos. CTE hizo un análisis previo, fue claro con lo que se podía legalizar y lo que no (que también es importante), y en cuatro meses teníamos todo en regla con Industria. Cumplen lo que dicen y, sobre todo, no marean. Profesionales de los que ya quedan pocos.»
Roberto Sanz

Vinieron esa misma tarde. A los tres días, el local operativo.

«Iberdrola me cortó la luz del local porque el boletín estaba caducado y nadie me había avisado. Pánico total, porque trabajo con cámaras de frío. Una compañera del polígono me pasó el contacto y vinieron esa misma tarde a hacer la revisión. Tramitaron el boletín nuevo y al tercer día tenía suministro otra vez. Encima me explicaron cosas de la instalación que llevaba años sin entender.»
Lucía Pérez

Llevo dos años derivándoles trabajo. Nunca me han dejado mal con un cliente.

«Soy aparejador y a menudo necesito apoyarme en una ingeniería para los proyectos que se me escapan (climatización, baja tensión, eficiencia). Llevo dos años derivando este tipo de trabajos a CTE y los clientes vuelven contentos a verme. Cumplen plazos, los planos vienen bien hechos y no me dejan en mal lugar delante del cliente final. Para mí eso vale oro.»
Alberto Casado

Nos salvaron la apertura del local. Sin dramas y sin retrasos.

«Era nuestra primera reforma integral y andábamos perdidísimos con el tema de los permisos. En el ayuntamiento nos pidieron un proyecto técnico y ni sabíamos lo que era. Nos atendió Diego con muchísima paciencia (le habré preguntado lo mismo cuatro veces) y se ocupó de la licencia de obra de principio a fin. Salimos sabiendo más de lo que entramos, que ya es decir.»
Inés Vázquez

La factura coincidió al céntimo con el presupuesto. Eso ya casi no se ve.

«Voy a ser honesto: pedí presupuesto a tres ingenierías y elegí esta porque era la del medio. Iba con la mosca detrás de la oreja, esperando lo típico: precio bajito y luego sorpresitas. Pues nada de eso. Hicieron la inspección, el informe llegó el día que dijeron y la factura final coincidió al céntimo con el presupuesto inicial. En este sector eso ya casi no se ve.»
Fernando G.

La factura bajó un 22%. La primera vez que veo a un técnico clavarlo.

«Tenemos un taller con un consumo eléctrico que se nos comía el margen. Nos hicieron una auditoría energética seria, propusieron tres medidas (iluminación LED, batería de condensadores y un par más) y nos calcularon el retorno por escrito. Han pasado nueve meses y la factura ha bajado un 22%, justo lo que estimaron. Es la primera vez que veo a un técnico clavar los números.»
Pedro Marín

Errores que vemos a diario

Lo que sale mal cuando eliges al más barato

Casos reales que atendemos en segunda opinión. Antes de elegir a quien lo firma, entiende lo que está en juego.

Riesgo real

¿Qué pasa si me hacen un certificado sin visita?

Es ilegal. Todo CEE necesita visita presencial según el RD 390/2021. Si la Consejería detecta que no se hizo, anula el certificado, te multa con hasta 6.000€ y tienes que pagar otro técnico. La diferencia con un buen profesional son 50€ de «ahorro» que se convierten en miles de euros de gasto.

Revisión gratuita

¿Y si la CCAA me pide correcciones?

Si la Consejería pide aclaraciones o correcciones, las hacemos nosotros sin coste adicional. Responsabilidad directa del ingeniero colegiado que firma. Lo arreglamos hasta que esté inscrito y tengas la etiqueta en mano.

Protocolo propio

¿Y si he hecho una reforma y mi certificado está desactualizado?

Calculamos la mejora real que ha aportado tu reforma (aerotermia, ventanas, aislamiento, fachada SATE) y emitimos el certificado nuevo. Una mejor calificación puede subir el valor de tu vivienda entre un 3% y un 9% y abrir la puerta a hipotecas verdes.

Compatible ayudas

¿Vale el certificado para subvenciones y CAEs?

Sí. El CEE es imprescindible para el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, ayudas Next Generation, deducciones IRPF del 20/40/60% y para generar Certificados de Ahorro Energético (CAEs). Adaptamos el formato a los requisitos del organismo que evalúa.

Resolvemos tus dudas

Las preguntas más frecuentes sobre el certificado energético

¿Cuánto cuesta un certificado energético?
Para una vivienda estándar de 80-100 m², desde 80-150€ todo incluido (visita, cálculo, registro y tasas autonómicas). El precio varía según superficie, ubicación y tipo de inmueble.
¿Qué pasa si vendo o alquilo sin certificado?
Multa de 300€ a 6.000€ según gravedad:
  • Leves (300-600€): anunciar sin etiqueta energética.
  • Graves (601-1.000€): no entregar el certificado al comprador o inquilino.
  • Muy graves (1.001-6.000€): vender sin certificado o falsear datos.
Además, el contrato puede impugnarse y el comprador o inquilino reclamar daños.
¿Cuánto tarda en emitirse?
2-5 días desde la visita técnica en la mayoría de comunidades. En Madrid, Cataluña y Navarra el registro es muy rápido (1-3 días). En Castilla y León, Castilla-La Mancha y País Vasco puede tardar hasta 3 meses por la cola del organismo autonómico, aunque el certificado en sí lo entregamos en 48 horas.
¿El certificado es para la vivienda o para el propietario?
Para la vivienda. Si la vendes, el nuevo propietario hereda el certificado vigente. No tienes que renovarlo solo porque cambies de dueño, salvo que esté caducado.
¿Qué pasa si mi vivienda saca una G?
La calificación G no impide vender, alquilar ni hipotecar, pero la vigencia baja a 5 años (en lugar de 10), el precio puede sufrir un descuento implícito de 150-250€/m² y algunas hipotecas verdes no aplican por debajo de la letra B. Mejoras como aerotermia, ventanas o aislamiento pueden subir 1-3 letras y aumentar el valor del inmueble entre un 3% y un 9%.
¿Vale el mismo certificado para vender y alquilar?
Sí. Un solo certificado vigente sirve para ambos usos. Y también para tasaciones hipotecarias desde agosto de 2025.
¿Qué pasa con los pisos turísticos?
Desde junio de 2022, los apartamentos turísticos están obligados a tener certificado energético y exhibir la etiqueta. La sanción por no tenerlo es la misma que para alquileres convencionales (hasta 6.000€).
¿Cómo puedo subir la calificación de mi vivienda?
Las actuaciones más eficientes en relación coste/mejora:
  • Aerotermia o bomba de calor: sube hasta 2-3 letras.
  • Ventanas con rotura de puente térmico: sube 1 letra.
  • Aislamiento de fachada (SATE) o cubierta: sube 1-2 letras.
  • Placas solares para autoconsumo: sube 1-2 letras.
Todas compatibles con deducción IRPF del 20-40-60%, ayudas autonómicas y CAEs.

Valoración personalizada

Solicita tu presupuesto ya

Respuesta inmediata · 100% gratis · En menos de 5 minutos

+34 604 96 44 22 info@cteproyectos.com
Lunes a domingo, 09:00–17:00

Respuesta inmediata · 100% gratis · Sin compromiso