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Legalización de obras, viviendas y naves

¿Tienes una obra, una vivienda o una nave sin papeles? Te decimos si se puede legalizar o regularizar por antigüedad, y lo tramitamos de principio a fin con precio cerrado.

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Trámites presentados

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Aprobados a la primera

Dos caminos para poner tu obra en regla (y casi nadie te los explica claros)

Legalizar una obra es el proceso de poner en regla una construcción, reforma, ampliación o cambio de uso que se hizo sin la licencia previa que tocaba, o que no figura bien descrita en el Registro de la Propiedad y el Catastro. Mientras no se regulariza no puedes vender ni hipotecar con seguridad —el banco y el notario lo exigen—, no consta la superficie real, y quedas expuesto a expedientes de disciplina urbanística, sanciones e incluso a una orden de demolición si la infracción todavía no ha prescrito.

La clave está en distinguir dos cosas que la competencia mezcla. Una es la vía de la licencia a posteriori: si la obra cumple el planeamiento, se redacta un proyecto de legalización y el Ayuntamiento concede la licencia «tarde». La otra es la declaración por antigüedad: si ha pasado el plazo de prescripción y ya no se puede sancionar ni demoler, se acredita la antigüedad y se escritura e inscribe la obra ante notario y registrador. Ojo: la prescripción evita la multa, pero no equivale a que la obra cumpla la normativa técnica actual. Primero te decimos cuál es tu caso, y luego coordinamos al técnico competente: arquitecto en lo residencial, ingeniero industrial en naves, actividad e instalaciones.

VIVIENDA

Legalizar vivienda

Pon en regla una vivienda construida o reformada sin licencia. Estudiamos si es legalizable con proyecto y licencia a posteriori o si se regulariza por antigüedad, y la dejamos inscrita en Registro y Catastro. Firma arquitecto colegiado.

NAVE

Legalizar nave

Legalización de naves industriales sin papeles: proyecto técnico de la obra ejecutada, licencia de actividad, instalación eléctrica y protección contra incendios. Firma ingeniero industrial colegiado (Guillermo García Flores, nº 21.108 COIIM).

COMUNIDADES

Legalización eléctrica de comunidad de vecinos

Instalación eléctrica de comunidad antigua o sin papeles que necesita pasar la inspección periódica reglamentaria (ITC-BT-05, cada 10 años). Memoria o proyecto, boletín y registro en Industria. Precio cerrado desde 450 €.

CAMBIO DE USO

Convertir local en vivienda

Cambio de uso de local a vivienda con todas las garantías: comprobamos la compatibilidad urbanística, redactamos el proyecto de cambio de uso y reforma, y tramitamos CEE y cédula de primera ocupación. Firma arquitecto.

ANTIGÜEDAD

Certificado de antigüedad

Certificado técnico que acredita la fecha de terminación y la superficie real de tu vivienda, con fotos aéreas datadas y soporte catastral. El paso previo para escriturar e inscribir una obra por antigüedad ante notario.

AMPLIACIÓN

Legalizar ampliación de vivienda

Regulariza una ampliación, una segunda planta o un ático añadido que no consta en el Registro. Vía licencia si es legalizable o declaración de obra nueva por antigüedad, con coordenadas georreferenciadas e inscripción registral.

PERITAJE

Peritaje judicial y dictámenes

Informes periciales de ingeniero colegiado: siniestros eléctricos, instalaciones defectuosas, contradictorios frente a aseguradoras. Con defensa en sala. Desde 450 €.

Gratis y sin compromiso

Solicita tu legalización
en 3 simples pasos

Todo el proceso es transparente y con fechas planificadas. Sabes quién firma, cuánto cuesta y cuándo lo tienes desde el minuto cero.

01.

Estudiamos tu caso

Nos envías referencia catastral, fotos y lo que tengas. Te decimos si es legalizable con licencia o si se regulariza por antigüedad, sin compromiso.

02.

Propuesta cerrada por escrito

Defines técnico competente, documentación, organismos (Ayuntamiento, notario, registro, catastro), plazo realista y precio cerrado firmado.

03.

Lo tramitamos de principio a fin

Redactamos y visamos el proyecto o certificado, presentamos en el Ayuntamiento y dejamos la obra inscrita y cuadrada en Registro y Catastro.

¿Es legalizable tu obra?

Cuéntanos qué tienes sin papeles y te decimos por dónde va

Una vivienda ampliada, un local que quieres convertir en casa, una segunda planta añadida o una nave sin legalizar. Mándanos la referencia catastral y unas fotos: te decimos si toca licencia a posteriori o declaración por antigüedad, quién firma y cuánto cuesta, antes de que pagues nada.

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Reseñas verificadas

Opiniones de nuestros clientes

5,0
En base a 16 reseñas en Google

Da gusto dar con profesionales que no tienen cara de vinagre.

«Da gusto dar con profesionales que no tienen cara de vinagre. Súper serio y riguroso con su trabajo, pero destila una simpatía que te alegra la mañana. En lo que parpadeas, ya ha tomado los datos, te ha explicado el proceso con una sonrisa y te ha enviado el certificado. Sin duda altamente recomendable!»
Saray Aguinaga

Me legalizó todo el tema eléctrico del local, rápido y sin ningún problema.

«Buen profesional, le pedí que me legalizara todo el tema eléctrico del local que uso para mi profesión, el resultado fue más que satisfactorio, rápido y sin problema ninguno.»
J. Daniel García

Certificación energética en casa y en la empresa: rapidez y profesionalidad.

«Nos realizaron la certificación energética en casa y en la empresa. Acabamos muy contentos por la rapidez y la profesionalidad. Además nos lo explicó todo a la perfección y fue muy amable. Se notaba que controlaba y nos sentimos muy cómodos. Recomendable 100%.»
Silvia García García

Proyecto adaptado a la realidad. Seriedad, discreción y precio.

«Proyecto adaptado a la realidad, Guillermo es un gran profesional, seriedad, discreción y precio.»
Raúl Martín

Certificado energético rápido, claro y muy eficiente.

«Guillermo es un gran profesional. Me realizó un certificado energético y el proceso fue rápido, claro y muy eficiente. Se nota que tiene mucha experiencia y conocimiento técnico. Además de certificados energéticos, también realiza proyectos eléctricos, informes técnicos y otros trabajos relacionados, siempre con un trato cercano y resolviendo todas las dudas. Totalmente recomendable por su seriedad, rapidez y calidad en el servicio. Sin duda volvería a contar con él.»
Sheila

La documentación estuvo lista en el plazo previsto.

«Necesitaba un proyecto técnico y el trato fue excelente. Muy profesional, rápido y atento en todo momento. La documentación estuvo lista en el plazo previsto. Muy recomendable.»
Eva Rivas Picón

Gracias a su certificado energético pude optar a una ayuda del gobierno.

«Llamé a Guillermo para solicitarle un certificado energético y gracias a él pude optar a una ayuda del gobierno. 100% recomendado!»
Joseba

Resolvemos tus dudas

Las preguntas más frecuentes sobre legalizaciones

¿Qué diferencia hay entre legalizar una obra y declararla por antigüedad?
Son dos caminos distintos y conviene no confundirlos:
  • Legalizar (licencia a posteriori): la obra cumple el planeamiento vigente. Se redacta un proyecto de legalización, se visa y el Ayuntamiento concede la licencia «tarde». Es la única vía que regulariza de verdad la situación urbanística.
  • Declarar por antigüedad: ya ha prescrito la infracción y la Administración no puede sancionar ni demoler. No se obtiene licencia: se acredita la antigüedad y se escritura e inscribe la obra ante notario.
La prescripción te quita el riesgo de multa o derribo, pero no significa que la obra cumpla la normativa técnica actual.
¿Cuándo prescribe una obra ilegal y deja de poder ser demolida?
Depende de la comunidad autónoma y del tipo de suelo:
  • Plazo general: 4 años desde la total terminación de la obra.
  • Ampliado por normativa autonómica: 6 años en sitios como Madrid, Andalucía o Castilla-La Mancha.
  • Nunca prescribe: en suelo no urbanizable protegido y en dominio público. Ahí no hay declaración por antigüedad que valga.
Por eso lo primero es comprobar dónde está tu construcción y cuándo se terminó.
¿Quién tiene que firmar la legalización, un arquitecto o un ingeniero?
Depende de qué sea la obra, y aquí somos honestos con la competencia profesional:
  • Vivienda y edificación residencial (ampliación, antigüedad, cambio de local a vivienda): firma arquitecto o arquitecto técnico colegiado.
  • Naves, actividad e instalaciones (legalizar nave, licencia de actividad, instalación eléctrica, protección contra incendios): firma ingeniero industrial colegiado.
CTE Proyectos coordina al técnico competente en cada caso. La parte industrial la firma Guillermo García Flores, ingeniero colegiado nº 21.108 del COIIM.
¿Puedo vender o hipotecar una vivienda que no está legalizada?
Con seguridad, no. El notario y el banco exigen que la obra conste correctamente inscrita y con la superficie real. Si la casa, la ampliación o la segunda planta no figuran en el Registro, la operación se complica o se cae. Regularizar (por licencia o por antigüedad, según el caso) deja el inmueble «limpio» a efectos registrales, notariales y catastrales para poder venderlo o financiarlo.
¿Qué documentación hace falta para legalizar una obra?
Varía según la vía, pero lo habitual incluye:
  • Proyecto o certificado técnico de la obra ejecutada: memoria, planos del estado actual, mediciones y presupuesto, con visado colegial.
  • Certificado de antigüedad y superficies (vía antigüedad), con fotos aéreas datadas (PNOA/IGN), recibos de IBI o suministros.
  • Escritura de obra nueva ante notario y coordenadas georreferenciadas (GML) para inscribir en el Registro.
  • Actualización catastral (modelo 900D/902N) para que cuadre superficie y uso.
Nosotros reunimos y tramitamos todo; tú solo facilitas el acceso y los datos del inmueble.
¿Cuánto cuesta legalizar una obra, una vivienda o una nave?
Estas son horquillas orientativas; te damos precio cerrado tras estudiar tu caso:
  • Certificado de antigüedad de vivienda: 150-350 € básico; 260-650 € con planimetría y superficies.
  • Proyecto de legalización de vivienda: 1.500-6.000 €, más tasas de licencia (3-4 %) e ICIO (~4 %) del presupuesto, y posible sanción.
  • Cambio de local a vivienda: ~2.000-4.000 € de proyecto, más tasa (~7 %) y CEE y cédula de primera ocupación.
  • Legalizar nave (ingeniero industrial): 1.500-4.000 € de proyecto, equivalente al 5-8 % del presupuesto de ejecución.
A esto se suman notario (250-600 €) e inscripción registral.
¿Cuánto se tarda en legalizar?
Depende de la vía y del Ayuntamiento:
  • Licencia de legalización: plazo legal de resolución unos 3 meses, pero en la práctica suele ir de 6 a 18 meses.
  • Cambio de local a vivienda: en torno a 4-6 meses.
  • Declaración por antigüedad: es más rápida porque no espera licencia; se mueve al ritmo del notario y el registro una vez listo el certificado.
En la propuesta te damos un plazo realista, no el plazo «de folleto».
Ya tengo una denuncia o un expediente abierto, ¿llego tarde?
No necesariamente, pero hay que actuar bien y rápido:
  • Si la obra es legalizable, presentar el proyecto de legalización suele ser la vía para reconducir el expediente y evitar la demolición.
  • Si ya ha prescrito, se acredita la antigüedad para frenar la sanción y poder inscribir.
  • En suelo protegido o dominio público no hay prescripción, así que el enfoque es distinto.
Estudiamos tu expediente antes de prometer nada y te decimos con honestidad qué margen real tienes.
¿Una obra inscrita por antigüedad cumple la normativa actual?
No tiene por qué, y es un matiz importante que muchos silencian. La inscripción por antigüedad solo significa que la Administración ya no puede sancionar ni ordenar el derribo, así que la obra puede inscribirse en el Registro. Pero eso no equivale a cumplir el CTE, accesibilidad o seguridad vigentes. Te explicamos qué te resuelve cada vía para que sepas exactamente qué estás obteniendo.
¿Qué pasa con un garaje o un local convertido en vivienda sin permiso?
Es un cambio de uso, y necesita su propio trámite:
  • Hay que comprobar la compatibilidad urbanística del uso residencial en esa parcela (no siempre se permite).
  • Se redacta un proyecto de cambio de uso y reforma, que firma arquitecto.
  • Se añaden certificado de eficiencia energética y cédula o licencia de primera ocupación (según comunidad).
Si es viable, lo legalizamos; si no lo es, te lo decimos antes de que gastes en un proyecto que el Ayuntamiento no va a aprobar.

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