Cómo se redacta el proyecto
El proceso tiene cinco pasos: toma de datos de tu instalación, cálculo de producción con software de simulación, redacción del documento que corresponda según la potencia, visado colegial cuando aplica, y entrega en el formato que necesitan la distribuidora, el ayuntamiento o la convocatoria de ayudas. En CTE Proyectos hacemos los cinco. No tienes que perseguir subsanaciones ni traducir jerga técnica: te entregamos el documento firmado y listo para presentar.
Documentación que necesitamos
- Recibo de la luz o CUPS del punto de suministro.
- Referencia catastral del inmueble (vivienda, comunidad o nave).
- Plano o fotografía de la cubierta, tejado o parcela donde irán los paneles.
- Potencia contratada y, si ya la conoces, la potencia de generación que quieres instalar.
- Si es una comunidad de vecinos: acta o acuerdo de junta de propietarios y coeficientes de participación.
Cálculo de la instalación
Simulamos la producción con herramientas de referencia como PVGIS (la base de datos solar de la Comisión Europea) y software de dimensionado profesional, considerando orientación, inclinación, sombras de edificios o arbolado cercano, y la curva de consumo real del suministro. De ese cálculo sale la potencia de generación recomendada, el número de paneles, el inversor y si compensa añadir batería de almacenamiento.
Redacción y visado
Según el resultado del cálculo y la potencia final, redactamos memoria técnica de diseño o proyecto técnico completo (ver umbrales en el siguiente apartado). Si tu caso requiere visado, lo tramitamos en el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid (COIIM); el visado suele añadir entre 24 y 48 horas al plazo de redacción, y va incluido en el precio cerrado que te damos por escrito.
Normativa y umbrales de potencia
La instalación de autoconsumo fotovoltaico en España está regulada por el Real Decreto 244/2019, que fija las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica, y por el Reglamento electrotécnico de baja tensión (REBT), que determina qué documento técnico necesitas según la potencia instalada.
Memoria técnica de diseño o proyecto técnico visado
La ITC-BT-04 del REBT es la referencia que marca, con carácter general, el umbral de los 10 kW de potencia instalada: por debajo basta una memoria técnica de diseño firmada por técnico competente, y por encima se exige proyecto técnico, que además puede requerir visado colegial según lo pida el ayuntamiento o la distribuidora de tu zona.
| Potencia instalada | Documento exigible | Visado |
|---|---|---|
| Hasta 10 kW (vivienda tipo) | Memoria técnica de diseño | Normalmente no obligatorio |
| Más de 10 kW (comunidad, comercio, nave) | Proyecto técnico | Exigido con frecuencia por distribuidora o ayuntamiento |
| Hasta 100 kW | Uno de los dos, según potencia final | Según el caso |
| Más de 100 kW | Proyecto técnico | Habitual |
Este umbral es la referencia general, pero cada comunidad autónoma y cada distribuidora pueden matizarlo. En Castilla y León, el servicio territorial de Industria no dispone de un modelo de memoria tipificado y cerrado, lo que en la práctica genera bastantes subsanaciones cuando el redactor no conoce el criterio real que aplica cada expediente. Con sede en Valladolid, tramitamos allí de forma habitual y sabemos qué exige el técnico que revisa cada caso.
Compensación de excedentes
Si tu instalación puede verter energía a la red, para acogerte al mecanismo de compensación simplificada de excedentes (art. 14 del RD 244/2019) necesitas un contrato de suministro en mercado libre con tu comercializadora y que la potencia de la instalación no supere los 100 kW. Lo dejamos reflejado en el proyecto o memoria para que la distribuidora no te lo rechace por documentación incompleta.
Qué es el proyecto de autoconsumo
El proyecto o memoria técnica de autoconsumo fotovoltaico es el documento que define, calcula y justifica tu instalación de generación eléctrica para que cumpla el REBT y el RD 244/2019, y sirva de base para el alta ante la distribuidora, la licencia municipal (si aplica) y, en su caso, las ayudas públicas.
Qué incluye el documento
- Memoria descriptiva de la instalación: paneles, inversor, estructura de sujeción, cableado y protecciones.
- Cálculos de producción energética y de la modalidad de compensación elegida.
- Esquema unifilar de la instalación de generación.
- Comprobación de que la cubierta o estructura soporta el peso añadido de los paneles.
- Pliego de condiciones técnicas y presupuesto de ejecución.
- Estudio básico de seguridad y salud, cuando la potencia o el tipo de obra lo requiere.
Modalidades de autoconsumo
El RD 244/2019 distingue tres modalidades, y el documento técnico debe dejar constancia de cuál aplica a tu instalación:
- Sin excedentes: la instalación lleva un mecanismo antivertido y nunca inyecta a la red.
- Con excedentes acogido a compensación: puedes verter y descontar esa energía de tu factura mes a mes.
- Con excedentes no acogido a compensación: puedes vender la energía excedentaria en el mercado, sin descuento directo en factura.
Autoconsumo individual o colectivo
Si el proyecto es para una comunidad de vecinos, el RD 244/2019 permite el autoconsumo colectivo: varias viviendas comparten la misma instalación de generación, repartiendo la energía según coeficientes de reparto fijados por la junta de propietarios. Redactamos un único proyecto para todo el edificio y coordinamos el acuerdo de junta que necesitas para tramitarlo, algo que apenas encuentras resuelto en el mercado para bloques de pisos en Madrid o Valladolid.
Alta y compensación de excedentes
Aquí separamos con honestidad lo que depende de nosotros y lo que no, porque son dos plazos y dos responsabilidades distintas.
Lo que controlamos nosotros: redacción y visado
Entregamos la memoria técnica de diseño en 5-7 días laborables y el proyecto técnico con visado COIIM en 7-10 días laborables desde que tenemos los datos completos de tu instalación. Si necesitas el documento con más urgencia, te lo confirmamos antes de empezar, sin recargos sorpresa.
Lo que depende de la distribuidora: el CAU
Una vez montada la instalación (el certificado de instalación eléctrica lo emite tu instalador), la memoria o el proyecto se presenta a la distribuidora para el alta y, cuando aplica, te asigna el CAU (Código de Autoconsumo) necesario para verter excedentes y acogerte a la compensación. Este trámite suele tardar entre 30 y 45 días según la distribuidora y la comunidad autónoma, y está fuera del control de cualquier ingeniería o instalador: nadie puede prometerte una fecha cerrada para un trámite que resuelve un tercero. Lo que sí hacemos es preparar la documentación sin errores para que la distribuidora no la rechace y te haga perder semanas en una nueva subsanación.
Licencia municipal, si aplica
Algunos ayuntamientos exigen comunicación previa o declaración responsable de obra menor antes de instalar los paneles; otros no piden nada para una vivienda unifamiliar. Comprobamos la ordenanza de tu municipio y, si hace falta, tramitamos la documentación municipal junto con el proyecto.