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Proyecto fotovoltaico de autoconsumo

Redactamos y visamos tu memoria o proyecto de autoconsumo. Precio cerrado por escrito, sin intermediarios, con trato directo con el ingeniero que firma.

5,0/5

16 reseñas en Google

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Todo el proceso es transparente y con fechas planificadas. Sabes quién firma, cuánto cuesta y cuándo lo tienes desde el minuto cero.

01.

Cuéntanos tu instalación

Potencia aproximada, tipo de inmueble (vivienda, comunidad o nave) y ubicación, por WhatsApp, llamada o formulario breve.

02.

Propuesta en 24 h

Precio cerrado por escrito y plazo de redacción firmado, según necesites memoria técnica o proyecto visado.

03.

Entrega en 5-10 días

Documento firmado y, cuando aplica, visado en el COIIM, listo para presentar a la distribuidora y al ayuntamiento.

Todo lo que necesitas saber del proyecto fotovoltaico de autoconsumo

Quién lo tramita
Ing. colegiado
Entrega
5-10 días
Precio
Desde 250 € Ver precios →
Escrito por
Guillermo
Última revisión
Julio 2026

Cómo se redacta el proyecto

El proceso tiene cinco pasos: toma de datos de tu instalación, cálculo de producción con software de simulación, redacción del documento que corresponda según la potencia, visado colegial cuando aplica, y entrega en el formato que necesitan la distribuidora, el ayuntamiento o la convocatoria de ayudas. En CTE Proyectos hacemos los cinco. No tienes que perseguir subsanaciones ni traducir jerga técnica: te entregamos el documento firmado y listo para presentar.

Documentación que necesitamos

  • Recibo de la luz o CUPS del punto de suministro.
  • Referencia catastral del inmueble (vivienda, comunidad o nave).
  • Plano o fotografía de la cubierta, tejado o parcela donde irán los paneles.
  • Potencia contratada y, si ya la conoces, la potencia de generación que quieres instalar.
  • Si es una comunidad de vecinos: acta o acuerdo de junta de propietarios y coeficientes de participación.

Cálculo de la instalación

Simulamos la producción con herramientas de referencia como PVGIS (la base de datos solar de la Comisión Europea) y software de dimensionado profesional, considerando orientación, inclinación, sombras de edificios o arbolado cercano, y la curva de consumo real del suministro. De ese cálculo sale la potencia de generación recomendada, el número de paneles, el inversor y si compensa añadir batería de almacenamiento.

Redacción y visado

Según el resultado del cálculo y la potencia final, redactamos memoria técnica de diseño o proyecto técnico completo (ver umbrales en el siguiente apartado). Si tu caso requiere visado, lo tramitamos en el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid (COIIM); el visado suele añadir entre 24 y 48 horas al plazo de redacción, y va incluido en el precio cerrado que te damos por escrito.

Normativa y umbrales de potencia

La instalación de autoconsumo fotovoltaico en España está regulada por el Real Decreto 244/2019, que fija las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica, y por el Reglamento electrotécnico de baja tensión (REBT), que determina qué documento técnico necesitas según la potencia instalada.

Memoria técnica de diseño o proyecto técnico visado

La ITC-BT-04 del REBT es la referencia que marca, con carácter general, el umbral de los 10 kW de potencia instalada: por debajo basta una memoria técnica de diseño firmada por técnico competente, y por encima se exige proyecto técnico, que además puede requerir visado colegial según lo pida el ayuntamiento o la distribuidora de tu zona.

Potencia instaladaDocumento exigibleVisado
Hasta 10 kW (vivienda tipo)Memoria técnica de diseñoNormalmente no obligatorio
Más de 10 kW (comunidad, comercio, nave)Proyecto técnicoExigido con frecuencia por distribuidora o ayuntamiento
Hasta 100 kWUno de los dos, según potencia finalSegún el caso
Más de 100 kWProyecto técnicoHabitual

Este umbral es la referencia general, pero cada comunidad autónoma y cada distribuidora pueden matizarlo. En Castilla y León, el servicio territorial de Industria no dispone de un modelo de memoria tipificado y cerrado, lo que en la práctica genera bastantes subsanaciones cuando el redactor no conoce el criterio real que aplica cada expediente. Con sede en Valladolid, tramitamos allí de forma habitual y sabemos qué exige el técnico que revisa cada caso.

Compensación de excedentes

Si tu instalación puede verter energía a la red, para acogerte al mecanismo de compensación simplificada de excedentes (art. 14 del RD 244/2019) necesitas un contrato de suministro en mercado libre con tu comercializadora y que la potencia de la instalación no supere los 100 kW. Lo dejamos reflejado en el proyecto o memoria para que la distribuidora no te lo rechace por documentación incompleta.

Qué es el proyecto de autoconsumo

El proyecto o memoria técnica de autoconsumo fotovoltaico es el documento que define, calcula y justifica tu instalación de generación eléctrica para que cumpla el REBT y el RD 244/2019, y sirva de base para el alta ante la distribuidora, la licencia municipal (si aplica) y, en su caso, las ayudas públicas.

Qué incluye el documento

  • Memoria descriptiva de la instalación: paneles, inversor, estructura de sujeción, cableado y protecciones.
  • Cálculos de producción energética y de la modalidad de compensación elegida.
  • Esquema unifilar de la instalación de generación.
  • Comprobación de que la cubierta o estructura soporta el peso añadido de los paneles.
  • Pliego de condiciones técnicas y presupuesto de ejecución.
  • Estudio básico de seguridad y salud, cuando la potencia o el tipo de obra lo requiere.

Modalidades de autoconsumo

El RD 244/2019 distingue tres modalidades, y el documento técnico debe dejar constancia de cuál aplica a tu instalación:

  • Sin excedentes: la instalación lleva un mecanismo antivertido y nunca inyecta a la red.
  • Con excedentes acogido a compensación: puedes verter y descontar esa energía de tu factura mes a mes.
  • Con excedentes no acogido a compensación: puedes vender la energía excedentaria en el mercado, sin descuento directo en factura.

Autoconsumo individual o colectivo

Si el proyecto es para una comunidad de vecinos, el RD 244/2019 permite el autoconsumo colectivo: varias viviendas comparten la misma instalación de generación, repartiendo la energía según coeficientes de reparto fijados por la junta de propietarios. Redactamos un único proyecto para todo el edificio y coordinamos el acuerdo de junta que necesitas para tramitarlo, algo que apenas encuentras resuelto en el mercado para bloques de pisos en Madrid o Valladolid.

Alta y compensación de excedentes

Aquí separamos con honestidad lo que depende de nosotros y lo que no, porque son dos plazos y dos responsabilidades distintas.

Lo que controlamos nosotros: redacción y visado

Entregamos la memoria técnica de diseño en 5-7 días laborables y el proyecto técnico con visado COIIM en 7-10 días laborables desde que tenemos los datos completos de tu instalación. Si necesitas el documento con más urgencia, te lo confirmamos antes de empezar, sin recargos sorpresa.

Lo que depende de la distribuidora: el CAU

Una vez montada la instalación (el certificado de instalación eléctrica lo emite tu instalador), la memoria o el proyecto se presenta a la distribuidora para el alta y, cuando aplica, te asigna el CAU (Código de Autoconsumo) necesario para verter excedentes y acogerte a la compensación. Este trámite suele tardar entre 30 y 45 días según la distribuidora y la comunidad autónoma, y está fuera del control de cualquier ingeniería o instalador: nadie puede prometerte una fecha cerrada para un trámite que resuelve un tercero. Lo que sí hacemos es preparar la documentación sin errores para que la distribuidora no la rechace y te haga perder semanas en una nueva subsanación.

Licencia municipal, si aplica

Algunos ayuntamientos exigen comunicación previa o declaración responsable de obra menor antes de instalar los paneles; otros no piden nada para una vivienda unifamiliar. Comprobamos la ordenanza de tu municipio y, si hace falta, tramitamos la documentación municipal junto con el proyecto.

Glosario técnico

RD 244/2019
Norma que regula las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo eléctrico.
CAU
Código que asigna la distribuidora para dar de alta el autoconsumo y verter excedentes.
Memoria técnica de diseño
Documento para instalaciones de hasta 10 kW, normalmente sin visado obligatorio.
Proyecto técnico visado
Documento firmado y visado exigible para instalaciones de más de 10 kW.
Compensación de excedentes
Mecanismo para descontar de tu factura la energía que viertes a la red.
Autoconsumo colectivo
Varias viviendas comparten una instalación según coeficientes de reparto.

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Reseñas verificadas

Opiniones de nuestros clientes

5,0
En base a 16 reseñas en Google

Da gusto dar con profesionales que no tienen cara de vinagre.

«Da gusto dar con profesionales que no tienen cara de vinagre. Súper serio y riguroso con su trabajo, pero destila una simpatía que te alegra la mañana. En lo que parpadeas, ya ha tomado los datos, te ha explicado el proceso con una sonrisa y te ha enviado el certificado. Sin duda altamente recomendable!»
Saray Aguinaga

Me legalizó todo el tema eléctrico del local, rápido y sin ningún problema.

«Buen profesional, le pedí que me legalizara todo el tema eléctrico del local que uso para mi profesión, el resultado fue más que satisfactorio, rápido y sin problema ninguno.»
J. Daniel García

Certificación energética en casa y en la empresa: rapidez y profesionalidad.

«Nos realizaron la certificación energética en casa y en la empresa. Acabamos muy contentos por la rapidez y la profesionalidad. Además nos lo explicó todo a la perfección y fue muy amable. Se notaba que controlaba y nos sentimos muy cómodos. Recomendable 100%.»
Silvia García García

Proyecto adaptado a la realidad. Seriedad, discreción y precio.

«Proyecto adaptado a la realidad, Guillermo es un gran profesional, seriedad, discreción y precio.»
Raúl Martín

Certificado energético rápido, claro y muy eficiente.

«Guillermo es un gran profesional. Me realizó un certificado energético y el proceso fue rápido, claro y muy eficiente. Se nota que tiene mucha experiencia y conocimiento técnico. Además de certificados energéticos, también realiza proyectos eléctricos, informes técnicos y otros trabajos relacionados, siempre con un trato cercano y resolviendo todas las dudas. Totalmente recomendable por su seriedad, rapidez y calidad en el servicio. Sin duda volvería a contar con él.»
Sheila

La documentación estuvo lista en el plazo previsto.

«Necesitaba un proyecto técnico y el trato fue excelente. Muy profesional, rápido y atento en todo momento. La documentación estuvo lista en el plazo previsto. Muy recomendable.»
Eva Rivas Picón

Gracias a su certificado energético pude optar a una ayuda del gobierno.

«Llamé a Guillermo para solicitarle un certificado energético y gracias a él pude optar a una ayuda del gobierno. 100% recomendado!»
Joseba

Errores que vemos a diario

Lo que sale mal cuando eliges al más barato

Casos reales que atendemos en segunda opinión. Antes de elegir a quien lo firma, entiende lo que está en juego.

Riesgo real

¿Qué pasa si instalo las placas sin memoria ni proyecto?

La distribuidora rechaza el alta y no puedes verter ni compensar excedentes. Además, el ayuntamiento puede exigirte la legalización a posteriori con recargo, y una instalación no legalizada puede dejar sin cobertura un siniestro en el seguro del hogar. La diferencia con un proyecto bien hecho son unos cientos de euros que evitan miles en subsanaciones y sanciones.

Revisión gratuita

¿Y si la distribuidora o el ayuntamiento piden cambios en el proyecto?

Los hacemos sin coste adicional. Responsabilidad directa del ingeniero colegiado que firma. Corregimos hasta que el expediente quede aceptado y tengas el alta o la licencia en mano.

Protocolo propio

¿Y si mi instalación está en Castilla y León, donde la memoria no está tipificada?

El servicio territorial de Industria de la Junta no tiene un modelo cerrado para la memoria de autoconsumo, lo que genera bastantes subsanaciones cuando el redactor no conoce el criterio real de cada expediente. Con sede en Valladolid tramitamos allí de forma habitual y sabemos qué pide el técnico que revisa tu caso.

Compatible ayudas

¿El proyecto vale para pedir las ayudas de autoconsumo de la Junta o de la Comunidad de Madrid?

Sí. Adaptamos el formato y los anexos que exige cada convocatoria de ayudas (memoria de idoneidad, presupuesto desglosado, certificado de instalación) para que puedas presentarlo sin que te lo devuelvan por documentación incompleta.

Resolvemos tus dudas

Las preguntas más frecuentes sobre el proyecto fotovoltaico de autoconsumo

¿Necesito memoria técnica o proyecto técnico visado para mis placas solares?
Depende de la potencia instalada. Con carácter general, hasta 10 kW basta una memoria técnica de diseño, normalmente sin visado obligatorio. Por encima de 10 kW se exige proyecto técnico, que además puede requerir visado colegial si lo pide el ayuntamiento o la distribuidora de tu zona. Lo confirmamos en la propuesta antes de empezar, según tu caso concreto.
¿Qué es el CAU y quién lo tramita?
El CAU (Código de Autoconsumo) es el identificador que asigna la distribuidora a tu instalación para poder verter excedentes y acogerte a la compensación. Se solicita una vez montada la instalación y con el certificado de instalación eléctrica del instalador. Coordinamos la documentación para que la distribuidora no la rechace, aunque el trámite en sí lo resuelve ella, no nosotros.
¿Cuánto tarda la distribuidora en dar de alta el autoconsumo?
Es un plazo que no controlamos: suele estar entre 30 y 45 días desde que se presenta la documentación, según la distribuidora y la comunidad autónoma. Lo separamos con honestidad del plazo de redacción del proyecto (5-10 días), que sí depende de nosotros.
¿Puedo hacer autoconsumo colectivo en mi comunidad de vecinos?
Sí. El RD 244/2019 permite que varias viviendas de un mismo edificio compartan una instalación de generación, repartiendo la energía según coeficientes de reparto aprobados en junta de propietarios. Redactamos un único proyecto para todo el edificio y te ayudamos con la documentación del acuerdo comunitario.
¿Qué diferencia hay entre autoconsumo con y sin excedentes?
  • Sin excedentes: la instalación lleva un mecanismo antivertido y nunca inyecta energía a la red.
  • Con excedentes acogido a compensación: puedes verter y descontar esa energía de tu factura mes a mes.
  • Con excedentes no acogido a compensación: puedes vender la energía sobrante en el mercado, sin descuento directo.
Lo definimos en el proyecto según lo que más te convenga.
¿El proyecto incluye baterías de almacenamiento?
Sí, si quieres incorporarlas. Dimensionamos la batería junto con los paneles y el inversor, y ajustamos el esquema unifilar y las protecciones del proyecto para reflejar el almacenamiento, sin que suponga un documento aparte.
¿Necesito licencia de obra del ayuntamiento?
Depende de la ordenanza municipal: algunos ayuntamientos piden comunicación previa o declaración responsable de obra menor; otros no exigen nada para una vivienda unifamiliar. Comprobamos qué pide tu municipio y, si hace falta, preparamos esa documentación junto con el proyecto.
¿Sirve el proyecto para naves industriales o solo para viviendas?
Vale para cualquier tipo de inmueble: vivienda, comunidad de vecinos, comercio o nave industrial, sea cual sea la potencia. Para instalaciones grandes en nave o industria (por encima de 100 kW), te damos un presupuesto cerrado a medida según la complejidad del proyecto.

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