Cómo redactamos y tramitamos el proyecto
El proceso tiene cuatro fases: visita técnica a la sala de calderas, cálculo conforme al RITE, el RAP y el CTE DB-SI, redacción y firma por ingeniero colegiado, y visado en el colegio profesional antes de presentar el expediente en el organismo competente de tu Comunidad Autónoma. En CTE Proyectos hacemos las cuatro fases nosotros, y coordinamos además con la compañía de gas o el suministrador de biomasa cuando la instalación lo requiere.
La visita técnica a la sala de calderas
Antes de calcular nada, visitamos la sala para tomar los datos reales de la instalación:
- Potencia térmica nominal instalada y tipo de combustible (gas natural, gasóleo, biomasa o apoyo de aerotermia).
- Dimensiones, ubicación y ventilación de la sala, y el trazado de evacuación de humos.
- Vasos de expansión, válvulas de seguridad y demás elementos sometidos a presión.
- Circuitos de reparto: calefacción, agua caliente sanitaria centralizada y zonas comunes.
Documentación que necesitamos
- Datos de la comunidad de propietarios, del edificio o de la nave: CIF, dirección y referencia catastral.
- Planos previos de arquitectura o de instalaciones, si existen.
- Ficha técnica o facturas de la caldera actual, cuando se trata de una reforma o una reconversión de combustible.
- Si ya tienes acta de junta de propietarios autorizando la obra, mejor, aunque no es imprescindible para redactar el proyecto.
Normativa y requisitos de la sala de calderas
Una sala de calderas no se rige solo por el reglamento térmico: acumula varias capas normativas que hay que justificar juntas en el mismo proyecto.
RITE: cuándo hace falta memoria y cuándo proyecto
El Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RD 1027/2007) distingue dos niveles documentales según la potencia térmica nominal instalada: entre 5 y 70 kW basta una memoria técnica; a partir de 70 kW hace falta un proyecto completo, firmado por técnico competente. Una calefacción central o una sala de calderas que da servicio a un edificio, una comunidad de vecinos o una nave casi siempre supera ese umbral de 70 kW, así que en la práctica hablamos de proyecto, no de memoria técnica. Si tu instalación es más pequeña —una caldera individual entre 5 y 70 kW—, te interesa nuestra página de proyecto de climatización, que cubre ese caso con un alcance distinto.
RAP: los equipos a presión de la sala de calderas
La caldera y el vaso de expansión son equipos sometidos a presión, regulados por el Reglamento de Equipos a Presión (RD 2060/2008). Según su volumen y su presión de diseño se clasifican en una categoría, lo que determina el marcado exigible y si necesitan inspecciones periódicas por un Organismo de Control Autorizado. Es la capa normativa que casi ningún proyecto de calefacción “genérico” justifica de forma explícita, y que nosotros incorporamos siempre que la instalación lo requiere.
CTE DB-SI: la sala de calderas como local de riesgo especial
El Documento Básico de Seguridad en caso de Incendio del Código Técnico de la Edificación trata la sala de calderas como local de riesgo especial, con un nivel —bajo, medio o alto— que depende de su potencia útil nominal. Ese nivel determina la compartimentación resistente al fuego (EI), la puerta cortafuegos de acceso y la ventilación, directa o forzada, que debe tener la sala. Es un punto que justificamos caso a caso con la tabla del propio DB-SI, no con una plantilla genérica.
Coordinación con gas, biomasa o gasóleo
Si la sala se alimenta de gas natural, el proyecto se coordina con la compañía suministradora (acometida, sala de contadores, instrucciones técnicas de gas). Si es biomasa, definimos el almacén o silo de combustible. Y si vienes de una caldera de gasóleo o carbón antigua, resolvemos también qué hacer con el depósito que se retira o queda en desuso.
Qué es y cuándo hace falta proyecto
Un proyecto de calefacción central es el documento técnico —memoria, cálculos, planos, pliego de condiciones y presupuesto— que diseña legalmente la instalación térmica centralizada que da servicio a varias viviendas, a un edificio completo o a una nave, firmado por técnico competente y visado en su colegio profesional.
Memoria técnica frente a proyecto
| Aspecto | Memoria técnica | Proyecto |
|---|---|---|
| Potencia térmica nominal | Entre 5 y 70 kW | A partir de 70 kW |
| Quién la firma | Técnico competente | Técnico competente (ingeniero, arquitecto o técnico correspondiente) |
| Visado colegial | No obligatorio | Recomendado como control de calidad; siempre incluido en CTE Proyectos |
| Caso típico | Caldera individual de vivienda o local pequeño | Comunidad de vecinos, edificio o nave con sala de calderas centralizada |
En calefacción central la potencia agregada de todas las viviendas o zonas casi siempre sitúa la instalación por encima de 70 kW, de ahí que este servicio se centre en el proyecto completo y no en la memoria técnica.
Cuándo legalizar o renovar tu sala de calderas
Hay varias situaciones que obligan, o aconsejan, a actuar sobre la sala de calderas:
- Obra nueva de un edificio, comunidad de vecinos o nave con calefacción centralizada.
- Reconversión de combustible: pasar de gasóleo o carbón a gas, biomasa o aerotermia, muy habitual en el parque de edificios anterior a 2000 de Castilla y León.
- Ampliación de potencia al sustituir generadores por otros de mayor rendimiento.
- Inspección periódica del RITE (IT4), que revisa el estado de los generadores y puede obligar a renovar una sala de calderas obsoleta.
- Solicitud de ayudas o Certificados de Ahorro Energético (CAE), que exigen un proyecto y una memoria de ahorro energético como base documental ante el IDAE o los fondos Next Generation.
- Sala de calderas de proceso en nave industrial, cuando la generación de calor supera el umbral de proyecto del RITE.
En cualquiera de estos casos, el proyecto y el visado colegial son el punto de partida antes de convocar la junta de propietarios, pedir presupuesto de obra al instalador o solicitar la ayuda correspondiente.